Ayuntamiento de Valencia

Los Municipios son Entidades básicas de la organización territorial del Estado.
El Ayuntamiento de Valencia es el órgano encargado del gobierno y la administración del municipio.
El Ayuntamiento de Valencia se organiza y actúa con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, y ejerce sus competencias con plena sujeción a lo dispuesto en la Constitución Española, en la legislación básica estatal sobre régimen local, dictada al amparo del artículo 149.1.18ª CE, y en la legislación de régimen local que apruebe la Comunidad Valenciana en el ámbito de sus competencias.
El Ayuntamiento de Valencia se organiza y ejerce sus competencias dentro de los límites de la autonomía local reconocida y protegida por la Constitución Española y de acuerdo a lo establecido en su Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración.
El Ayuntamiento de Valencia ejerce sus competencias propias, recogidas en la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, en régimen de autonomía y bajo su propia responsabilidad; así como otras de carácter delegado en los términos concretos de la delegación.

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